


ferralla escribió:buenas, yo saco con recetas que me las hago yo, pero las recetas no se pueden falsificar que quede claro.


torobravido1984 escribió:ferralla escribió:buenas, yo saco con recetas que me las hago yo, pero las recetas no se pueden falsificar que quede claro.
k pirata k eres...jjaajajajaja![]()
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Illy escribió:Cuidado chicos que este tipo de temas no se deben de hablar, comentar consecuencias y ya esta, que no se desvie mucho el tema.






Código Penal (LO 10/1995)
Título XVIII
De las falsedades
Capítulo II
DE LAS FALSEDADES DOCUMENTALES.
SECCIÓN 1.
DE LA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS, OFICIALES Y MERCANTILES Y DE LOS DESPACHOS TRANSMITIDOS POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN.
Artículo 390.
1. Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:
*Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
*Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
*Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
*Faltando a la verdad en la narración de los hechos.
2. Será castigado con las mismas penas a las señaladas en el apartado anterior el responsable de cualquier confesión religiosa que incurra en alguna de las conductas descritas en los números anteriores, respecto de actos y documentos que puedan producir efecto en el estado de las personas o en el orden civil.
Artículo 391.
La autoridad o funcionario público que por imprudencia grave incurriere en alguna de las falsedades previstas en el artículo anterior o diere lugar a que otro las cometa, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a un año.
Artículo 392. Redacción según Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.
1. El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
2. Las mismas penas se impondrán al que, sin haber intervenido en la falsificación, traficare de cualquier modo con un documento de identidad falso. Se impondrá la pena de prisión de seis meses a un año y multa de tres a seis meses al que hiciere uso, a sabiendas, de un documento de identidad falso.
Esta disposición es aplicable aun cuando el documento de identidad falso aparezca como perteneciente a otro Estado de la Unión Europea o a un tercer Estado o haya sido falsificado o adquirido en otro Estado de la Unión Europea o en un tercer Estado si es utilizado o se trafica con él en España.
Artículo 393.
El que, a sabiendas de su falsedad, presentare en juicio o, para perjudicar a otro, hiciere uso de un documento falso de los comprendidos en los artículos precedentes, será castigado con la pena inferior en grado a la señalada a los falsificadores.
Artículo 394.
1. La autoridad o funcionario público encargado de los servicios de telecomunicación que supusiere o falsificare un despacho telegráfico u otro propio de dichos servicios, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años.
2. El que, a sabiendas de su falsedad, hiciere uso del despacho falso para perjudicar a otro, será castigado con la pena inferior en grado a la señalada a los falsificadores.


stackpower escribió:esque el rollo esta ahi...
he conseguido alguien que me suministra recetas "Originales"
son originales de medicos privados pero los hace una chica de la consulta...
es decir la receta es original...pero falsa xD
el caso es si voy a usar esas recetas para sacar testo y otras cosas de la farma...que me podria pasar¿
nada porque es para mi no?
o como es eso?



stackpower escribió:vale el rollo de que me metan en la carcel por comprar wins y otras chorradas...es demasiado grave xD
prefiero comprar en dealer...
gracias por los aportes...

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